La determinaciòn de la pena en el procedimiento abreviado
DOI:
https://doi.org/10.54275/raesmpce.v9i1.11Palabras clave:
Pena, Derecho penal, Determinación de la penaResumen
El problema de la justificación de la pena, entendiendo a tal como el poder de la comunidad política cualquiera de ejercitar violencia programada sobre sus miembros, es uno de los mayores y más clásicos problemas del Derecho Penal y de la Filosofía del Derecho. La mayor parte de las decisiones judiciales en punto a la determinación de la pena pone de manifiesto con toda claridad que la graduación y elección de la pena en cada caso, se encuentra librada más que al arbitrio a la arbitrariedad del juzgador. En la determinación de la pena cobra virtualidad el mérito y utilidad del instituto que puede catalogarse como paradigmático en el campo de los procedimientos basados en el consenso, el plea bargaining o en nuestra legislación denominado procedimiento abreviado, que es un acuerdo entre el fiscal, el imputado y su Defensor y que evita el juicio oral, considerando que en dicho acuerdo debe determinarse la pena por las partes que luego será controlada por el Juez. El procedimiento abreviado conduce a una rápida y definitiva solución de la mayoría de los procesos penales; evita muchos de los efectos corrosivos debido a la forzosa ociosidad durante la prisión preventiva de aquellos a quienes les ha sido denegada la libertad en espera del juicio; protege a la sociedad de aquellos acusados inclinados a persistir en su conducta criminal incluso durante su libertad provisional. De tal modo en los acuerdos de parte, cualquier sea el tipo de ellos, el órgano jurisdiccional debe descansar sobre lo realizado por las partes en un modelo de igualdad procesal y que necesariamente debe partir de la premisa de que tanto el actor penal público como la defensa han hecho bien su trabajo; no se pueden tolerar mecanismos de negociación que funcionen sobre la base de la desconfianza.
Descargas
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Licencia
DECLARO, que o artigo a ser publicado é de minha autoria, inédito e produzido dentro das normas específicas (técnicas e éticas) de produção científica. Dessa forma, assumo toda a responsabilidade por seu conteúdo, isentando os organizadores e a própria Escola Superior do Ministério Público do Estado do Ceará – ESMP/CE, de qualquer responsabilidade por plágio ou outras práticas ilícitas.
DECLARO, outrossim, estar ciente de que:
1. A Escola Superior do Ministério Público do Estado do Ceará – ESMP/CE está habilitada a utilizar o trabalho de minha autoria em todos e quaisquer meios de divulgação, bem como em quantas reimpressões forem necessárias;
2. Por meio deste documento, autorizo a Escola Superior do Ministério Público do Estado do Ceará – ESMP/CE, a incluir meu nome, como Colaborador(a)/Articulista, em quaisquer eventuais atividades de lançamento, publicidade, divulgação, promoção e comercialização da obra em questão;
3. Autorizo a publicação e/ou a distribuição em meio impresso ou eletrônico, e a Escola Superior do Ministério Público do Estado do Ceará – ESMP/CE é encarregada de publicá-la, em quaisquer dos meios;
4. Resguardo o direito da Escola Superior do Ministério Público do Estado do Ceará – ESMP/CE e a exonero de todas as reclamações e despesas (incluindo custos e despesas legais) causadas por qualquer ruptura desta e de outras garantias.
DECLARO, para todos os fins, serem verdadeiras as informações por mim prestadas neste documento.